REPROTOXIDAD EN LOS ANTICOAGULANTES

Desactivado Por Plagas Urbanas

Por DCERCA

La Comisión Europea modificó en julio de 2016 el Reglamento CLP, actualizando la lista de sustancias químicas con una clasificación armonizada a nivel de la UE.

La enmienda al Reglamento, actualiza las clasificaciones armonizadas para 47 sustancias incluidas en la lista de clasificación armonizada europea (tabla 3 del anexo VI del Reglamento CLP).

Entre éstas se encuentran ocho rodenticidas anticoagulantes, cuya clasificación de peligrosidad incluye como novedad la toxicidad para la reproducción de las categorías 1A y 1B en concentraciones igual o mayores a 0,003%.

El propio reglamento establece que es necesario un plazo determinado para que los proveedores puedan adaptar a esas nuevas clasificaciones el etiquetado y envasado de sustancias y mezclas y vender sus existencias actuales. También será necesario dar a los proveedores ese plazo para que puedan adaptarse y cumplir otras obligaciones resultantes de nuevas clasificaciones armonizadas de sustancias

Cuestiones relevantes que afectan a los Servicios Biocidas

Como responsable técnico de una empresa de control de Plagas, ¿puedo seguir utilizando los raticidas que están en el mercado?

Con toda tranquilidad se pueden usar los rodenticidas (biocidas tipo 14) que se encuentren autorizados e inscritos en el Registro Oficial de Biocidas del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

¿Qué sustancias activas anticoagulantes deber ser reclasificadas según el Reglamento  (UE) 2016/1179 DE LA COMISIÓN de 19 de julio de 2016?

  • Brodifacoum
  • Bromadiolona
  • Clorofacinona
  • Cumatetralilo
  • Difenacum
  • Difetialona
  • Flocoumafen
  • Warfarina

¿Los puedo seguir utilizando a partir de marzo de 2018?

En primer lugar, los servicios biocidas autorizados e inscritos en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB) de la C.A donde tengan su sede o delegación,  podrán aplicar biocidas de tipo 14 siempre que:

  • En su ROESBA estén autorizados para este tipo de biocida (tipo 14)
  • En su ROESBA estén autorizados para utilizar biocidas con la clasificación de peligrosidad que posean los biocidas que vaya a utilizar.
  • Los técnicos tengan la capacitación adecuada. Por ejemplo si usan el fosfuro de aluminio, los profesionales deberán estar en posesión de los certificados de aprovechamiento del Anexo II (Cursos de niveles especiales (CMR y T+ y Gases).

En segundo lugar, hasta marzo de 2018 da de plazo el Reglamento  (UE) 2016/1179 DE LA COMISIÓN de 19 de julio de 2016 que modifica, a efectos de su adaptación al progreso científico y técnico, el Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, para la aplicación de las nuevas peligrosidades de las ocho sustancias activas biocidas. Además en el ROB deberán estar autorizados e inscritos los biocidas:

  1. bien con concentraciones menores para mantener la clasificación de peligrosidad (< 0.003).
  2. bien con concentraciones superiores a la clasificación determinada en el reglamento (> 0.003) y entonces en este caso el uso del biocida será restringido a uso por personal especializadoy los profesionales deberán poseer el certificado de aprovechamiento del curso de nivel especial para tratamiento con productos muy tóxicos (T+) y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs).

Resumen

Los servicios biocidas, como siempre se ha hecho, tendrán que adaptarse a las condiciones de uso  y aplicación que vengan establecidas en la autorización e inscripción de los rodenticidas en el MSSSI.

Si a partir de marzo de 2018 existen biocidas autorizados e inscritos en el ROB clasificados como reprotóxicos categoría 1A o 1B, y el Responsable técnico decide utilizar estos productos deberá:

  • El ROESBA del Servicio debe estar autorizado para utilizar reprotóxicos cat 1A o 1B (modificación sustancial de la autorización sanitaria y ROESBA).
  • La tenencia y utilización del Libro Oficial de Movimientos de Biocidas Peligrosos (LOMB).
  • Profesionales del Servicio Biocida con los correspondientes certificados de aprovechamiento del curso de nivel especial para tratamiento con productos muy tóxicos (T+) y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs).