Autorizados siete alimentos como sustancias activas en biocidas TP19

Autorizados siete alimentos como sustancias activas en biocidas TP19

22/11/2019 Desactivado Por Plagas Urbanas

La Comisión Europea ha autorizado la inclusión del vinagre, la Saccharomyces cerevisiae,  el huevo en polvo, la miel, la D-fructosa, el queso y el zumo de manzana concentrado, en el Anexo I del Reglamento 528/2012, sobre uso y comercialización de biocidas. De este modo, pueden seguir utilizándose como sustancias activas en biocidas TP19, repelentes o atrayentes.

En la medida que constituían un alimento o pienso utilizado como repelente o atrayente, el vinagre, la Saccharomyces cerevisiae,  el huevo en polvo, la miel, la D-fructosa, el queso y el zumo de manzana concentrado se han podido acoger a un procedimiento de autorización simplificado (excepción aplicable a los alimentos y piensos establecida en el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 1451/2007) para su autorización como sustancias activas para biocidas del tipo de producto 19.

Para ello, deben estar incluidas en el Anexo I del Reglamento 528/2012 (Lista de sustancias activas contempladas en el Artículo 25, letra A) y cumplir las restricciones especificadas en dicho Anexo.

Dado que no se consideran sustancias de posible riesgo, la CE ha autorizado su inclusión en dicho Anexo I, dentro de la Categoría 4: Sustancias de origen natural y utilización tradicional, aunque únicamente en la medida en que se ajusten a la definición de «alimentos» o «piensos».

Así pues, en el Anexo I del Reglamento (UE) n.o 528/2012, en la categoría 4 de la lista de sustancias activas se añaden las entradas siguientes:

Autorizados 7 alimentos sustancias activas biocidas TP19